El proyecto fue presentado por el diputado Oscar Agost Carreño y busca establecer un nuevo piso para la evasión simple. Se trata de una propuesta distinta a la denominada “Inocencia Fiscal”, impulsada por el Gobierno, ya que ambas iniciativas tienen objetivos y alcances diferentes en materia tributaria y penal.

La Cámara de Diputados tiene previsto debatir un proyecto de reforma del Régimen Penal Tributario que busca actualizar los montos a partir de los cuales un contribuyente puede ser acusado de evasión simple o agravada. La iniciativa surge ante la necesidad de ajustar estos valores, que con el paso del tiempo han quedado desactualizados y ya no reflejan la realidad económica del país.

Este proyecto forma parte de un extenso temario impulsado por la oposición, que incluye otros asuntos de relevancia como el rechazo a los vetos sobre las leyes jubilatoria y de discapacidad, así como la sanción de los proyectos sobre ATN y Combustibles aprobados previamente por el Senado. En este contexto, la reforma tributaria se inserta dentro de un debate más amplio sobre políticas públicas y ajustes legislativos.

Aunque el proyecto de “Inocencia Fiscal” presentado por el Gobierno Nacional aún no se ha tratado, los bloques opositores decidieron incluir un dictamen emitido en noviembre de 2024, vinculado a la actualización de los montos de evasión impositiva. Dicho dictamen se basa en una iniciativa del diputado de Encuentro Federal, Oscar Agost Carreño, que propone modificaciones concretas al Régimen Penal Tributario, diferenciándose de la propuesta gubernamental en sus alcances y objetivos.

Según el dictamen de la comisión de Legislación Penal, se considera evasión simple cuando las operaciones no declaradas superan los 345 salarios mínimos vitales y móviles, equivalentes a 107 millones de pesos, mientras que la evasión agravada se configura a partir de los 3.450 salarios mínimos, es decir, 1.000 millones de pesos. Las penas previstas se mantienen: de dos a seis años de prisión para la evasión simple y de tres años y medio a nueve años para la evasión agravada, conservando así el marco punitivo actual.

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