Diputados ratificó el texto aprobado por el Senado, pero eliminó el artículo sobre enfermedades y accidentes; el oficialismo buscará la sanción definitiva la próxima semana.
La Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral con 135 votos a favor y 115 en contra, manteniendo la mayor parte del texto que ya contaba con aval del Senado, aunque suprimió el artículo referido a licencias por enfermedad y accidentes no laborales. El proyecto introduce modificaciones profundas en la Ley de Contrato de Trabajo, en el régimen sindical y en las reglas que regulan las medidas de fuerza.
Uno de los ejes es la descentralización de la negociación colectiva. Los convenios de ámbito mayor no podrán alterar lo pactado en acuerdos de empresa, lo que fortalece la negociación por firma. Además, se limita la ultraactividad: los convenios vencidos no mantendrán todos sus efectos hasta la firma de uno nuevo, sino únicamente las cláusulas vinculadas a condiciones básicas de trabajo. También se habilitan componentes salariales “dinámicos”, adicionales y variables, incluso por acuerdo individual o decisión del empleador.
En materia de despidos, se mantiene la indemnización equivalente a un mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a tres meses, calculada sobre la mejor remuneración mensual habitual del último año. Sin embargo, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales como aguinaldo o premios extraordinarios. Las sentencias laborales podrán abonarse en hasta seis cuotas —doce en el caso de pymes— ajustadas por IPC más un interés anual del 3%. Se crea además un Fondo de Asistencia Laboral financiado con aportes empresariales, que otorgará beneficios en contribuciones patronales.
La reforma incorpora el banco de horas, que permite compensar jornadas extendidas con reducciones posteriores, con un tope de 12 horas diarias y descanso obligatorio. Las vacaciones podrán fraccionarse en períodos no menores a siete días y deberán otorgarse entre octubre y abril. Se habilita el pago en moneda extranjera y se redefine el cómputo de la antigüedad en casos de reingreso al mismo empleador.
En el plano sindical, se fija un tope del 2% para cuotas solidarias y se limita la realización de asambleas en los lugares de trabajo sin autorización del empleador. Los delegados contarán con hasta diez horas mensuales pagas para el ejercicio de sus funciones. El derecho de huelga se restringe al establecer servicios esenciales —con obligación de garantizar un 75% de prestación— y servicios trascendentales —con un mínimo del 50%—. También se tipifican como infracciones graves los bloqueos que afecten la libertad de trabajo.
El proyecto incluye incentivos para nuevas contrataciones, un régimen de inversiones para pymes, cambios en la regulación de plataformas digitales —cuyos repartidores serán considerados prestadores independientes con seguro obligatorio—, la derogación de la ley de teletrabajo y de estatutos profesionales específicos en el plazo de un año. Además, prevé el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires y modificaciones impositivas en distintos sectores.











