El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, tomó la decisión de restringir las funciones de Pablo García-Mansilla, quien fue designado como juez en comisión por el Ejecutivo, al prohibirle dictar sentencias mientras no cuente con el acuerdo del Senado.

El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, resolvió que Manuel García-Mansilla no podrá intervenir en procesos judiciales mientras ocupe el cargo de juez en comisión, al haber sido designado por el Poder Ejecutivo sin contar con el acuerdo del Senado. La decisión fue tomada a partir de una presentación judicial impulsada por el abogado Jorge Rizzo y el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quienes objetaron la validez de su nombramiento en el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N°2.

De acuerdo a lo indicado, Ramos Padilla consideró que la Constitución Nacional, en su artículo 99 inciso 19, establece con claridad que un juez designado de forma provisoria por el Ejecutivo no puede ejercer funciones judiciales si no cuenta con la aprobación del Senado. El magistrado remarcó que la falta de este aval no puede ser reemplazada por una decisión unilateral del Poder Ejecutivo, ya que se trata de una condición indispensable para que el nombramiento sea legítimo.

En su fallo, el juez platense remarcó que permitir que García-Mansilla actúe como magistrado en estas condiciones comprometería los principios constitucionales e internacionales que garantizan la independencia y la imparcialidad judicial. 

La designación de García-Mansilla, realizada por el presidente Javier Milei el pasado 22 de enero, se dio en el marco de una serie de nombramientos similares que han generado críticas dentro del Poder Judicial y en distintos ámbitos del derecho.

Tendencias